Este martes, 18 de marzo, las familias que habitan sin título alguno los números 2, 4 y 6 de la avenida de las Juventudes Musicales, debe producirse en estas 24 horas.
Ante esta tesitura, el Grupo de Juristas Independientes 17 de Marzo, que representa al colectivo de familias, había elevado al Tribunal Europeo de Derechos Humanos una demanda contra el Reino de España reclamando la suspensión del auto en el que la juez instaba a las fuerzas de seguridad el cumplimiento de la orden de desalojo. Los abogados de estas personas avisaban de la violación de los artículos 3, 8 y 13 de la Convención Europea de Derechos Humanos, relativos a la prohibición de tratos inhumanos o degradantes, el derecho al domicilio que incluye el derecho a una vivienda adecuada y el respeto a la vida privada y familiar.
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, tras dar curso a la demanda, había reclamado a las autoridades involucradas en el conflicto que aclarasen "¿cuáles son las medidas a adoptar en relación a los demandantes, en especial el niño menor de edad de la primera demandante, teniendo en cuenta su situación de vulnerabilidad, para prevenir la violación de los artículos 3 y 8 de la convención?". La institución, así, se interesaba por las "soluciones" y los "plazos".
En su escrito de respuesta, recogido por Europa Press, el Ministerio de Justicia detalla el conflicto desde que en mayo de 2012 fuesen ocupadas las viviendas, dando cuenta de que la entidad bancaria ofrece a estas personas su programa de respaldo al alquiler de viviendas 'Llaves solidarias', siendo resuelto el alojamiento de cinco de las familias una vez acreditada "una necesidad real" de vivienda y "riesgos de exclusión social", toda vez que "el resto de familias no han solicitado todavía" la evaluación social necesaria para tal acreditación. El Ministerio informa de que la Junta de Andalucía construye actualmente un edificio de uso social que estaría listo "en siete meses" y el Ayuntamiento pone a disposición de las familias "sus servicios sociales", que serían además movilizados si finalmente media "un desalojo".
El Ministerio defiende, especialmente, que "si los demandantes no acceden a dejar el edificio voluntariamente", el desalojo efectivo sucedería "en una fecha indeterminada después del 18 de marzo y el Reino de España está en posición de asegurar que si finalmente tiene lugar (el desalojo), ni los demandantes ni los menores eventualmente afectados están en riesgo de exclusión social o desatención social". Finalmente, recuerda que la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento han formado un "grupo de trabajo de alto nivel" para solucionar el conflicto.
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