El Ayuntamiento se persona como acusación particular en la causa de Magrudis

|

El juzgado ha dictado un auto en el que acuerda unificar las acusaciones particulares en distintos grupos con el fin de agilizar la investigación. 


Magrudis


La juez de Instrucción número 10 de Sevilla, Pilar Ordóñez, ha admitido la personación, como acusación particular, del Ayuntamiento de Sevilla en la causa abierta por el brote de listeria producido el pasado verano relacionado con el consumo de productos de la empresa Magrudis.

Según han confirmado a Europa Press fuentes judiciales, el Ayuntamiento ha presentado el escrito para personarse como acusación, la juez lo ha admitido y ya está personado en la citada causa.

A su vez, el juzgado ha acordado librar oficio al Instituto de Salud Carlos III de Madrid con el fin de que el mismo remita la relación de las personas afectadas por la misma cepa de listeria y tratadas fuera de la comunidad autónoma de Andalucía, que ascienden a unas 40 personas. En total, el número de afectados rondan los 230.

Por otro lado, el juzgado ha dictado un auto en el que acuerda unificar las acusaciones particulares en distintos grupos con el fin de agilizar la investigación, dividiéndolos en los siguientes: los fallecidos, los abortos, los lesionados, el Ayuntamiento, la Junta de Andalucía y las acusaciones de Facua, la asociación para la Defensa del Paciente y de Justicia por la Sanidad.

Todo ello con "el fin de garantizar el debido respeto al derecho de defensa y de conseguir alcanzar los objetivos comunes de evitar dilaciones indebidas y de evitar la formación de macrocausas inmanejables con decenas de acusaciones con intereses sustancialmente idénticos", según ha detallado la juez en el auto, facilitado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) y consultado por Europa Press.

En el mismo, fechado el día 16 de diciembre, la magistrada ha explicado que, "en estas actuaciones, que ya tienen una especial complejidad tanto por el número de personas y entidades investigadas como sobre todo por el previsible número muy elevado de posibles perjudicados", pueden distinguirse cuatro grupos diferenciados de estos últimos "en cuanto a las posibles consecuencias negativas del delito cuya investigación es objeto de la causa", como son "los perjudicados fallecidos, los que sólo han sufrido lesiones, los nasciturus abortados y las administraciones que han tenido que asumir el coste sanitario generado por el brote de listeriosis".

En este caso, según considera la instructora, concurre "la convergencia de intereses y posiciones procesales" exigidos para llevar a cabo la agrupación en una o varias representaciones y defensas, ya que "existe una identidad de objeto para cada una de las acusaciones particulares personadas, identidad en los hechos denunciados, en la interpretación o valoración de los mismos y en su calificación jurídica", a lo que se añade "la identidad de objetivos".

RECONSTRUIR LA REALIDAD

"Aún siendo distinta la forma o el momento en que los perjudicados se pudieron haber intoxicado, y distinta la cuantía del posible perjuicio que alegan haber sufrido, todas ellas tienen la misma perspectiva: reconstruir la realidad de las operaciones verificadas por los denunciados/querellados y los resultados producidos" para que "pueda determinarse la cantidad que a cada uno corresponde en concepto de perjuicios", precisa la magistrada.

En el auto además la magistrada establece que las acusaciones particulares personadas hasta el día de hoy deberán acumularse conforme a una serie de criterios. Así, y "respecto de los legitimados a consecuencia de los fallecidos que no se personen o estén ya personados a través de alguna de las asociaciones para la defensa de los intereses de los consumidores y usuarios personadas", como son hasta el momento Facua, la Asociación Defensor del Paciente y Justicia por la Sanidad, "se admite la personación de una sola acusación en la causa que se corresponderá con la primera parte, o en su defecto siguiente, que cronológicamente solicitó la personación por este concepto".

De igual modo, estima lo mismo respecto a las partes de los abortos y de los lesionados. En concreto, a los letrados de este último grupo los representará el abogado Germán Grima, del bufete Ateneo Abogados.

En los tres casos, la juez establece que las demás partes "deberán actuar bajo esta misma representación si bien pudiendo ejercerse la defensa de forma colegiada por los distintos letrados".

Si a alguno de los perjudicados que en adelante se personen se le reconoce el derecho a la asistencia jurídica gratuita, el mismo podrá actuar como acusación particular de forma independiente sin sujeción a las reglas referidas. Sin embargo, los perjudicados a los que se les reconozca también este derecho y que se personen con posterioridad a aquél, "deberán acumularse al primero y actuar bajo la misma representación y defensa letrada".

Respecto a las administraciones públicas que han asumido el coste sanitario originado, la juez manifiesta que "se admitirá su respectiva personación como acusación particular en tanto que concurran los requisitos legales".

PIDEN LA PUESTA EN LIBERTAD

Por su parte, el gerente y 'administrador de hecho' de Magrudis, José Antonio Marín Ponce, y su hijo mayor, Sandro José Marín Rodríguez, propietario y administrador único de la empresa, siguen en prisión después de que la Sección Tercera rechazara los recursos de apelación presentados por sus defensa contra el auto de 15 de octubre por el que la juez ratificó su situación de prisión provisional.

No obstante, la defensa del segundo ha presentado un escrito en el que solicita su puesta en libertad, petición de la que se ha dado traslado a la Fiscalía y al resto de partes para que se pronuncien al respecto.

DECLARACIÓN DE LOS INVESTIGADOS

Por su parte, este martes han sido citados a declarar el arquitecto de Magrudis, el asesor financiero de la empresa y los dos administradores solidarios de una distribuidora. En concreto, el arquitecto ha precisado que lo que hizo fue "presentar documentación para conseguir la licencia de actividad de una empresa que ya tenía actividad", así como que el modelo que existe en el Ayuntamiento para este fin es el de "declaración responsable de actividad" y que el encargo la realiza Magrudis y no la otra, Elaborados Cárnicos Mario.

Al respecto, ha asegurado que, una vez informado en el Ayuntamiento sobre los modelos que debía aportar, realizó una serie de certificaciones pero que no se percató que hubiese "tomas ilegales de luz".

En este sentido, ha negado que en el Colegio de Arquitectos le hayan abierto expediente y ha mostrado su "enfado" con el Ayuntamiento, contra el que presentará alegaciones, tras el documento recibido de dicha administración.

Por su parte, también ha declarado el asesor financiero quien ha señalado que se creó otra sociedad, Elaborados Cárnicos Mario, para poder comprar a proveedores al estar aumentando la actividad pero que José Antonio Marín "no podía aparecer como administrador porque había tenido problemas". Sobre la supuesta defraudación de fluido eléctrico por la empresa ha precisado que en marzo de 2019 se abonó la sanción y dio "por hecho de que el problema estaba solucionado", así como que en ningún momento le dijo este que "se hubiese hecho un enganche ilegal".

Por último, los dos administradores solidarios de una distribuidora han asegurado que cuando se enteraron de la alerta intentaron ponerse de acuerdo con el responsable de Magrudis y que, al no contestar, al día siguiente "llamaron a todos sus clientes para que se inmovilizase esta carne y se la devolvieran pero sin comunicarlo a ninguna autoridad sanitaria".

Sobre la carne en concreto han señalado que "viene envasada y etiquetada dentro de una caja, que venden entera" y ha dejado claro que su empresa "tiene autocontrol mensual y que la listeria siempre le dio negativo".

Sin comentarios

Escribe tu comentario




No está permitido verter comentarios contrarios a la ley o injuriantes. Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.