​El Proyecto de Reglamento Municipal del Mercado de Abastos y Galería Comercial de Olivares abierto a consulta pública

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El ayuntamiento reabre este periodo hasta el próximo 10 de julio con el fin de regularizar las condiciones de uso y funcionamiento de estas instalaciones


Mercado abastos olivares

El Ayuntamiento de Olivares ha iniciado el proceso para la aprobación del nuevo Reglamento Municipal del servicio de Mercado de Abastos y Galería comercial de Olivares. El plazo se inicio el pasado 6 de marzo y se tuvo que paralizar el 13 por la declaración del estado de alarma.

La intención del Ayuntamiento es regularizar las condiciones de uso y funcionamiento del Mercado Municipal de Abastos y dinamizar el comercio minorista, con la adjudicación de los puestos que se encuentran vacantes actualmente.

Por ello, la Junta de Gobierno del Ayuntamiento, reunida la pasada semana, ha aprobado el procedimiento de consulta pública previa para la entrada en vigor del nuevo Reglamento Municipal del servicio de Mercado Central de Abastos minorista y galería comercial.

Este anuncio se realiza dando cumplimiento a lo establecido el art. 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con el objetivo de mejorar la participación ciudadana en el procedimiento de elaboración de normas, con carácter previo a la elaboración del proyecto del citado Reglamento.

Antes de su aprobación, se recaba la opinión de las personas y de las organizaciones más representativas potencialmente afectadas por la futura norma acerca de Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa, la necesidad y oportunidad de su aprobación, los objetivos de la norma y las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

Las personas, organizaciones y asociaciones que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados durante el plazo de 20 días a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en la web municipal, mediante su presentación por la Sede Electrónica o el Registro General del Ayuntamiento.

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