Alcalá de Guadaíra se adhiere al convenio de protección a familias ante los desahucios

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Alcala guadara

El ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra ha aprobado en Junta de Gobierno Local adherirse al reciente convenio de coordinación entre la Junta de Andalucía, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), y la Federación Andaluza de Municipios y Provincias (FAMP) sobre la detección de supuestos de vulnerabilidad con ocasión del lanzamiento de vivienda familiar y medidas de carácter social y sobre cesión de datos en los procedimientos de desahucios.


Según la responsable de Vivienda y servicios sociales, Elena Álvarez, “este convenio mejora las fórmulas de coordinación entre la Administración de la Justicia, las administraciones autonómica y locales para ofrecer una mayor protección a las familias en situación de emergencia social afectadas por desahucios o por ejecuciones hipotecarias. El Ayuntamiento alcalareño lleva tiempo trabajando para intentar paliar en la medida de lo posible las situaciones dramáticas que viven algunas familias con el temor de la pérdida de su hogar provocado por la actual crisis, por ello queremos sumarnos con rapidez a esta nueva medida de apoyo y protección para las familias”.


Así, a través de este convenio, pretende conseguirse una comunicación más eficaz y fluida entre las distintas Consejerías, los juzgados, los abogados y procuradores y los servicios municipales para que los ciudadanos conozcan anticipadamente todos los recursos que tienen a su disposición, y se agilice la respuesta en protección social y las actuaciones desde los planes de vivienda y, en último término, la suspensión de los desahucios, sobre todo en los casos de especial vulnerabilidad y riesgo de exclusión social.


De esta forma, el convenio pretende evitar uno de los principales problemas que se suceden en estas situaciones que se produce cuando los jueces ordenan una ejecución hipotecaria y los magistrados desconocen si esa familia se encuentra en riesgo de exclusión social y, además, desde las distintas administraciones implicadas desconocen la situación hasta que la orden ya ha sido dictada, por lo que los tiempos actuación y las vías de solución para los implicados se acortaban.


Esta colaboración actual supone compromisos de todas las partes en los protocolos de comunicación entre las administraciones y hacia los ciudadanos, procesos informáticos, formación e información de las partes, recursos disponibles en materias de vivienda, servicios sociales y asistencia judicial, todo bajo la estricta observancia de la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal.


Así, como ejemplo de los beneficios, el acuerdo supone que cuando los juzgados notifican una resolución que implique el desalojo de una familia de su vivienda habitual, se informará a los afectados en esa misma notificación sobre los servicios sociales comunitarios regionales y locales disponibles, incluyendo los datos de contactos los que pueden dirigirse para beneficiarse de estos servicios antes de la fecha de desalojo ordenada por el juzgado.


También se concreta que en esa misma notificación se informe a la persona afectada sobre la posibilidad de asistencia judicial gratuita para intentar paralizar el desahucio. Esto tiene el doble beneficio de que además del propio servicio gratuito, en los procedimientos de ejecución hipotecaria o desahucio de vivienda habitual por falta de pago de renta, que el deudor solicite la designación de oficio de abogado o procurador gratuito le puede repercutir en que le solicite la suspensión del desahucio hasta que se reconozca dicha designación provisional según la Ley 1 /1996 de Asistencia Jurídica Gratuita.


En definitiva, este convenio pone el marco general de actuación que permite que todas las partes obtengan la información necesaria de cada caso concreto, de forma muy adelantada de cómo se hacía hasta ahora, facilitando la asistencia hacia las personas desde todos los entes implicados, con garantías de total confidencialidad, para determinar las actuaciones de forma más rápida.

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