La Junta abre el plazo de ayudas extraordinarias al alquiler para unas 2.000 familias

|

Esta ayuda se podrá solicitar con carácter retroactivo desde el pasado 1 de abril y durante un periodo de seis meses, según consta en la Orden Ministerial. 


Ayudas viviendas

La Junta de Andalucía ha abierto este miércoles el plazo para solicitar las ayudas extraordinarias al alquiler de vivienda habitual con el objetivo de minimizar el impacto económico y social del coronavirus en los hogares de las familias con escasos recursos.

Según ha explicado la delegada de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, Susana Cayuelas, en Sevilla el importe asciende a 7.097.094 euros y se beneficiarán aproximadamente 1.973 familias sevillanas. En concreto, las ayudas se podrán solicitar hasta el día 30 de septiembre y la solicitud podrá presentarse telemática o presencialmente, en registro con cita previa.

Esta ayuda se podrá solicitar con carácter retroactivo desde el pasado 1 de abril y durante un periodo de seis meses, según consta en la Orden Ministerial. "Son muchos sevillanos los que se encuentran en estos momentos bajo la incertidumbre de pagar el alquiler de sus hogares y la Junta está poniendo todos los mecanismos indispensables para poder ayudarlos, con los fondos de los que dispone Andalucía para las políticas de vivienda", ha afirmado.

La delegada de Fomento ha resaltado que los solicitantes deberán cumplir una serie de requisitos, como encontrarse en el paro, afectado por un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) o ser autónomo con una disminución de los ingresos del 30 por ciento. Además, deben estar empadronados en la vivienda de alquiler desde hace al menos seis meses y no disponer de vivienda en propiedad.

Con carácter general los ingresos de los solicitantes deben ser menores de tres veces el índice Iprem --1.613 euros al mes-- en el mes anterior a la solicitud y el pago de la renta del alquiler más los suministros básicos --luz, agua, electricidad, gas, comunidad-- tiene que ser superior al 35 por ciento de los ingresos de la unidad familiar.

En este sentido, la solicitud de ayuda deberá presentarse en el Registro telemático único de la Administración de la Junta de Andalucía y la documentación acreditativa se podrá presentar telemática o presencialmente, en registro cita previa. La Junta, en el comunicado, destaca que ha trabajado en las bases reguladoras y en las propias órdenes de la convocatoria desde que el Gobierno de España anunció estas ayudas.

Así, como ha explicado la delegada, "se trata de una tramitación necesaria que se ha llevado a cabo con las dificultades añadidas de una situación absolutamente excepcional". Cayuelas ha destacado que la convocatoria se ha sacado "en menos de 70 días, la mitad de lo que tardaron en publicarse las bases y la orden de convocatoria del Alquila-2018".

Estas ayudas fueron aprobadas en la Orden Ministerial 336/2020 de 9 de abril por la que se incorpora, sustituye y modifican programas de ayuda del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 en cumplimiento del Real Decreto 11/2020 de 31 de marzo por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente a la Covid-19. El desarrollo y gestión de estas ayudas es competencia de las comunidades autónomas.

Sin comentarios

Escribe tu comentario




No está permitido verter comentarios contrarios a la ley o injuriantes. Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.