El PSOE recurre ante el TSJA los acuerdos de la Junta Electoral Central y de la Junta Electoral de Zona sobre Valencina

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Ayto valencina 2

El PSOE ha interpuesto este lunes un recurso contencioso electoral ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) por las decisiones adoptadas sobre el escrutinio de votos en Valencina. En concreto, el Partido Socialista recurre el acuerdo de proclamación de electos que hace la Junta Electoral de Zona, fundado a su vez en la resolución que realiza la Junta Electoral Central y que considera válidos dos votos al Partido Popular que fueron declarados nulos por unanimidad en las mesas electorales del citado municipio.


Basa su recurso en pedir al TSJA amparo conforme a lo previsto en el artículo 112.2 de la Ley de Régimen Electoral General (Loreg) y solicita al Alto Tribunal Andaluz que “suspenda de forma cautelar la proclamación de candidatos electos en el municipio de Valencina y, consiguientemente, suspenda la constitución del Ayuntamiento” de esta localidad sevillana.


El recurso de los socialistas insiste en el argumento de que los acuerdos de la Junta Electoral de Zona y de la Junta Electoral Central exceden las funciones que les son atribuidas en la LOREG, porque no sólo se limitan a verificar el recuento y la suma de votos admitidos en las mesas electorales según las actas o a subsanar errores materiales, sino que revocan acuerdos adoptados por unanimidad por quienes componían las mesas en Valencina y, además, incurren en un grave error de interpretación de las pruebas existentes y que fundamentan la nulidad de los votos declarados válidos.


El alcalde y candidato a la reelección, Antonio Suárez, ha hecho hincapié en que con este recurso el “PSOE sigue luchando por lo que creemos que es de justicia y porque consideramos que los derechos de nuestro partido se han visto vulnerados por las decisiones de la Junta Electoral de Zona y Central”.

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