El ayuntamiento ha puesto en marcha este servicio ante la convocatoria lanzada por el gobierno de España cuya presentación de solicitudes termina antes del 30 de septiembre y deberán formalizarse antes del 31 de octubre
El Ayuntamiento de Los Palacios y Villafranca ofrece a los ciudadanos servicio de asesoramiento, a través de la Oficina Municipal de Vivienda, en la gestión de las ayudas a los arrendatarios de vivienda habitual para hacer frente al COVID19 establecidas por el Gobierno de España en la Orden TMA/378/2020, de 30 de abril. Los vecinos que lo necesiten pueden contactar con este equipo técnico de la Delegación de Bienestar Social, en los teléfonos 638678652 y 696840639, de lunes a viernes de 9:00 a 14.00 horas y en el correo electrónico bienestarsocial@lospalacios.org
Las ayudas consisten en la concesión de un préstamo bancario sin intereses ni gastos, avalado por el Estado y por un importe del 100 % del importe de seis mensualidades, en virtud del contrato de arrendamiento de vivienda habitual vigente, a razón de un máximo de 900 euros por mensualidad y un total de 5.400 euros. Serán finalistas y deberán dedicarse exclusivamente al pago de la renta del arrendamiento de la vivienda habitual. Serán compatibles con cualquiera de las ayudas al alquiler reguladas en el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 y, específicamente, con las del programa de ayudas para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual.
Pueden solicitar estas ayudas, los arrendatarios de vivienda habitual con contrato en vigor suscrito al amparo de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, que se encuentren en situación de vulnerabilidad económica a consecuencia de la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID-19 siempre que reúnan de forma conjunta los siguientes requisitos:
Para acreditar los requisitos deberán presentarse los siguientes documentos, dependiendo del hecho alegado:
Tras la finalización del estado de alarma y sus prórrogas dispondrá del plazo de tres meses para aportar dichos documentos a la entidad de crédito.
La presentación de solicitudes deberá realizarse antes del 30 de septiembre de 2020 y deberán formalizarse antes del 31 de octubre de 2020. La entidad de crédito abonará el importe del préstamo, correspondiente a las seis mensualidades, directamente a la persona o entidad arrendadora de la vivienda, previa comunicación, para su toma de razón, al titular del préstamo.
Para más información los vecinos pueden contactar con el equipo técnico de la Delegación de Bienestar Social, en los teléfonos 638678652 y 696840639, de lunes a viernes de 9:00 a 14.00 horas y en el correo electrónico bienestarsocial@lospalacios.org.
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