La nueva ordenanza acota la publicidad en el centro y permite pantallas en quioscos

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Las instalaciones publicitarias del conjunto histórico deberán tener una licencia, mientras que el resto sólo declaración responsable, a partir de verano.


ayto_sevilla_1El Ayuntamiento de Sevilla llevará al próximo pleno de febrero la nueva Ordenanza sobre Publicidad, que se prevé que esté en marcha antes del verano, en la que se establecen nuevas medidas de protección de las zonas con valor patrimonial de la ciudad y se regulan nuevas modalidades publicitarias con el objetivo de "contribuir a la reactivación económica de sectores afectados por la crisis sanitaria como la hostelería, el comercio, los quioscos o las propias empresas de publicidad".

De este modo, se acota la publicidad en el centro, se establecen más controles y se regulan las pantallas digitales, permitiendo su utilización en los quioscos, entre otras medidas avanzadas por en rueda de prensa por el concejal delegado de Hábitat Urbano, Cultura y Turismo, el socialista Antonio Muñoz. Además, indica que, una vez que sea aprobada, la ordenanza pasará a información pública y a la fase de alegaciones, por lo que subraya que no se trata de "un documento cerrado sino abierto a mejoras", aunque incide en que se trata de "un buen documento de partida porque ayuda a reactivación económica y prima la protección del patrimonio".

Así, ha explicado que esta ordenanza actualiza la aprobada en 2007, fecha desde la que no ha sido modificado ante la evolución de las circunstancias del sector o su realidad actual, e incorpora propuestas de las dos asociaciones de quioscos de prensa y chucherías y de la asociación de empresas de publicidad. "Una ciudad con uno de los cascos históricos más importantes tiene que potenciar las medidas de protección del patrimonio que convivan de modo armonioso con la publicidad. además de la necesidad de regular nuevos formatos publicitarios, como las pantallas", explica.

En cuanto a la protección patrimonial, todas las instalaciones publicitarias en el conjunto histórico deberán contar con una licencia previa para su obtención, mientras que el resto podrán tener una declaración responsable, y se prohíbe cualquier forma de publicidad en los ejes patrimoniales de la ciudad, como son el eje San Fernando-Puerta Jerez-avenida de la Constitución y el relativo a Santa Cruz, Hernando Colón, Plaza de San Francisco, Francisco Bruna, Entrecárceles y Plaza del Salvador. En estos dos itinerarios, que son ampliables, no se pueden instalar publicidad más allá de los propios establecimientos, pero con unos criterios homogéneos.

También, se establecen una serie de prohibiciones en zonas con valor patrimonial, como es la de colocar cualquier publicidad que pueda impedir la visión general de la Catedral o la Giralda o cuando estén en zonas de influencia de otros monumentos, edificios, calles o conjuntos de importancia

patrimonial o ambiental; se prohíbe publicidad en elementos ornamentales y monumentales de las vías públicas y se limitan las posibilidades de instalar carteleras, monopostes, banderolas, pinturas y vinilos, rótulos y objetos publicitarios en zonas del conjunto histórico de la ciudad y en inmuebles BIC o catalogados.

Además, se establece una protección de la intensidad lumínica autorizada en función de la superficie, especialmente para garantizar un nivel adecuado en las proximidades de otro edificio, y se regulan, de acuerdo con el informe de la Comisión Provincial de Patrimonio, los criterios para la instalación de placas conmemorativas, especialmente en el centro histórico, teniendo que tener una dimensiones y materiales obligatorios, estando ubicados en determinados espacios y teniendo que pasar por la citada comisión todas aquellas que estén en el centro.

En cuanto a la reactivación económica, además de configurar un registro local de empresas del sector publicitario y agilizar las licencias mediante declaración responsable para instalaciones fuera del centro, la nueva norma regula y ordena las pantallas digitales de publicidad variable, que se podrán instalar en equipamientos deportivos, en transporte e infraestructuras básicas, en fachadas de edificios terciarios y en escaparates de locales comerciales, de acuerdo con unas dimensiones, condiciones y medidas específicas. En este sentido, establece la posibilidad, por primera vez tal y como han solicitado los quioscos de prensa y chucherías, de que puedan contar con pantallas publicitarias digitales que supongan una nueva fuente de generación de ingresos.

Del mismo modo, se regulan las proyecciones publicitarias sobre fachadas "siempre y cuando se realicen en una serie de zonas de ampliación de la intensidad publicitaria determinadas por la normativa y en espacios determinados, como puedan ser edificios terciarios o equipamientos deportivos".


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