“Catastrazo” en municipios sevillanos para 2017

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Catastrazo

Impuestalia, empresa especializada en la Optimización Impositiva de IBI´s y otros tributos asociados a la tenencia y transmisión de bienes inmuebles, ha asegurado que inmuebles de 26 municipios de Sevilla sufrirán alteraciones sustanciales en el próximo recibo de IBI por la actualización de los coeficientes de valoración solicitada por el ayuntamiento.


El valor catastral es la base sobre la que se aplican los criterios contenidos en las ordenanzas fiscales de cada municipio para calcular la cuota del IBI (Impuesto de Bienes Inmuebles). En este valor influyen muchos factores, como la localización del inmueble, las circunstancias urbanísticas que afectan al suelo, el uso, la calidad constructiva y la antigüedad edificatoria, así como el carácter histórico-artístico.


Al respecto, Carmen Villa, Directora General de Impuestalia, ha informado que “los valores catastrales se actualizan con las ponencias de valor, y en los presupuestos del Estado, donde se establecen coeficientes para su actualización desde el año 2.013”.


El pasado 2 de diciembre, el Gobierno aprobó el Real Decreto Ley 3/2016, por el que se adoptan medidas en el ámbito tributario dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y otras medidas urgentes en materia social. En él se actualizan los coeficientes de los valores catastrales para 2.452 municipios de toda España con el objetivo de aproximarlos al valor actual de mercado de los bienes inmuebles. En este proceso, los inmuebles con valores anticuados, son actualizados y adecuados a la realidad.


“Esta actualización de valores catastrales afectará a un total de 26 ayuntamientos en la provincia de Sevilla, en 14 de los casos se dan importantes subidas del IBI y en 12 bajadas” indica Carmen, “y los nuevos coeficientes serán efectivos a partir del 1 de enero de 2.017, fecha en la que comenzarán a repercutir en los impuestos, como por ejemplo el IBI”.


Los municipios cuya última ponencia de valor se realizó en 1995, El Coronil y Los Molares, incrementarán el valor catastral un 6%. En La Rinconada, cuya ponencia data del 1996, se incrementan los valores un 5%, en Morón de la Frontera, Santiponce, Villaverde del Rio, Almensilla, Valencina de la Concepción y Gelves un 4%, y a los inmuebles de los municipios revisados entre 2001 y 2003, Carmona, Mairena del Aljarafe, Lebrija, Lora del Rio y Mairena del Alcor se le aplicará el coeficiente 1,03, por lo que subirán los valores un 3%.


En el caso de los municipios que bajan su coeficiente de actualización están aquellos que fueron revisados en los años de plena Burbuja inmobiliaria. Los que cuya ponencia data entre los años 2006 y 2009, Aznalcazar, Aznalcollar, Castilleja del Campo, Huevar de Aljarafe, La Campana, Castilblanco de los Arroyos, El Garrobo, El Pedroso, Fuentes de Andalucía y Las Navas de la Concepción se le aplicará el coeficiente 0,92 por lo que se reducirá su valor un 8%. En Alcalá de Guadaira y Bormujos un 10%.



¿En qué impuestos influye el coeficiente de actualización del valor catastral?

Al afectar al valor del suelo, y al valor de la construcción del bien inmueble, afecta tanto a los impuestos que gravan su tenencia, por ejemplo la cuota anual del IBI, como a los impuestos que gravan su trasmisión, entre ellos están la Plusvalía (Impuesto sobre el Incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana), el impuesto sobre trasmisiones patrimoniales, el impuesto sobre actos jurídicos documentados y el impuesto sobre sucesiones y donaciones.


¿Quién aprueba la actualización de los coeficientes?

Esta revisión la aprueba el Ejecutivo, siempre que la hayan solicitado previamente los ayuntamientos.



¿Qué municipios pueden pedir que se revisen sus valores catastrales?

Todos los ayuntamientos pueden solicitar cada año la revisión del valor catastral de las viviendas del municipio siempre que cumplan con los requisitos de no haber aplicado una ponencia de valores en los últimos cinco años; no poner de manifiesto diferencias sustanciales entre los valores de mercado y los que sirvieron de base para la determinación de los valores catastrales vigentes; Y no haberlo solicitado a la Dirección General del Catastro, Ministerio de Hacienda, antes del 31 de mayo.


Trascurridos diez años desde la última valoración pasa a ser obligatorio, aunque el periodo medio de actualización es mayor, 21 años, según expone Impuestalia en su comunicado.

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