Prisión eludible bajo fianza de 150.000 euros para Forcadell

|

La presidenta del Parlament ingresa en la cárcel a la espera de reunir la suma - Corominas, Guinó, Simó y Barrufet salen libres tras pagar 25.000 euros cada uno y Nuet queda en libertad sin medidas cautelares 


Forcadell

El juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena ha dictado prisión eludible con una fianza de 150.000 euros para la presidenta del Parlament de Cataluña, Carme Forcadell.


Forcadell ingresa esta noche en la cárcel madrileña de Alcalá-Meco, donde permanecen las exconselleras del Govern Dolors Bassa (Trabajo) y Meritxell Borràs (Agricultura), al no haber reunir la fianza.


Previsiblemente, la presidenta del Parlament abonará la cantidad est viernes y podrá abandonar la prisión, como ocurrió la pasada semana con el exconseller Santi Vila. De hecho, la ANC ya ha anunciado que su "caja de solidaridad" hará frente tanto a esa fianza como a las de 25.000 euros impuestas a cuatro diputados que también eran miembros de la Mesa.


Para los diputados Lluís Corominas, Lluís Guinó, Anna Simó y Ramona Barrufet ha acordado libertad bajo fianza de 25.000 euros y les da una semana de plazo para abonarla.


A los cuatro les impide salir de España, les da hasta las dos de la tarde de mañana para entregar el pasaporte y les obliga a comparecer semanalmente en el juzgado.


En el caso de Joan Josep Nuet, que votó en contra de la independencia, ha decretado libertad sin medidas cautelares.


El juez Llarena ha tomado esas decisiones a pesar de que la Fiscalía había pedido prisión incondicional para la presidenta del Parlament y para los diputados Corominas, Guinó y Simó, todos ellos investigados por rebelión, sedición y malversación.


Desvinculación de la vía unilateral


Antes de la decisión del juez, tanto Forcadell como esos tres parlamentarios han utilizado el turno de última palabra que les ha concedido el juez después de que el fiscal solicitara prisión sin fianza para desvincularse de la vía unilateral hacia la independencia.


Previamente, en su declaración inicial, habían acatado la aplicación del 155 y habían restado valor a la declaración de independencia, al sostener que no tenía validez jurídica sino carácter simbólico, pese a lo que el fiscal había pedido prisión sin fianza para ellos.


En su turno de última palabra han seguido el camino abierto previamente por la también investigada Ramona Barrufet, quien se ha desmarcado de la vía unilateral, ha reconocido que la salida pasa por el pacto y ha dicho que el referéndum del 1-O se desarrolló sin garantías y no tiene validez.


En cuanto a Joan Josep Nuet, el juez ha dictado libertad sin medidas cautelares tras acreditar que no votó a favor de tramitar la declaración de independencia, como dijo la Fiscalía.


Forcadell asumía "una actuación principal"


En el auto, Llarena atribuye a Forcadell "una actuación principal" en el proceso independentista, tanto "por su intervención medular" en él como "por la intensa repercusión que su propio liderazgo ha tenido".


En el auto en el que la envía a prisión bajo fianza de 150.000 euros, el magistrado recuerda que ocupó la presidencia de la Asamblea Nacional Catalana, "desde cuyo mandato perfiló, asumió, y comprometió una hoja de ruta que pasaba por la concienciación y movilización colectiva cuya instrumentación se analiza".


"Una actuación esencial, que vino seguida por su presidencia del Parlament de Catalunya, en la que se perfiló el método que se iba a seguir para declarar la independencia, y que aportó el aparente soporte legislativo que el proyecto necesitaba", añade.


El "violento germen" de las manifestaciones


El juez considera que las que las movilizaciones independentistas contenían un "violento germen" que amenazaba "con expandirse" y que los promotores de la independencia pretendían exhibirlas "como espoleta de explosión social" para lograr la secesión.


Llarena sostiene que "no está carente de fundamento" la tesis de la Fiscalía de que, para lograr la independencia, los promotores "podrían haberse servido de esos puntuales focos violentos, y de una movilización decidida y pacífica mucho mayor".


De esa forma, en opinión del juez, los impulsores del proceso independentista pretendían "exhibir los movimientos populares como la espoleta de una explosión social que ellos podían modular y, por tanto, como la violencia coactiva para la consecución de sus fines".


Sin descartar que los hechos puedan incluirse en el delito de sedición -que acarrea la mitad de años de prisión que el de rebelión-, Llarena recuerda que la "interna y personal renuncia a la violencia" de los miles de ciudadanos que apoyaron el referéndum no excluye "la responsabilidad de quienes se sirven del alzamiento y se aprovechan de la sugerencia razonable de que la violencia puede ser ejercida de manera incontrolable".

Sin comentarios

Escribe tu comentario




No está permitido verter comentarios contrarios a la ley o injuriantes. Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.