La exalcaldesa de Villanueva del Río condenada a 5 años de inhabilitación y 3.000 euros de multa

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Exalcaldesa villanueva

El Juzgado de lo Penal número 12 de Sevilla ha condenado a la exalcaldesa socialista de Villanueva del Río y Minas María José Cervantes, a cinco años de inhabilitación especial para ejercer como concejal, primer edil o cualquier cargo o empleo público relacionado con la concesión de licencias urbanísticas, además de imponerle una multa de 3.000 euros,como autora de un delito continuado de prevaricación.


En su sentencia, emitida el 8 de abril y recogida por Europa Press, el Juzgado de lo Penal número 12 expone que en 2005, cuando aún ostentaba la Alcaldía de Villanueva del Río y Minas, María José Cervantes concedió una licencia de obras para edificar una vivienda "en suelo no urbanizable" y pese a que el arquitecto municipal le avisó de que "la solicitud de licencia era contraria a las normas subsidiarias de planeamiento".


Ese mismo año, la alcaldesa concedió una licencia similar para levantar una vivienda unifamiliar en la misma zona, calificada como suelo no urbanizable, y según la sentencia de nuevo pese a la advertencia en el mismo sentido del arquitecto municipal. La licencia fue concedida, según el fallo, "a sabiendas de que era manifiestamente ilegal".


La sentencia relata que tras ser denunciados los hechos en 2009, después de ser citada la propia alcaldesa en calidad de imputada, "ordenó incoar diligencias informativas previas al expediente urbanístico, por la realización de las dos edificaciones ilegales contra las dos personas a las que ella misma había autorizado a construir", toda vez que "no consta que los promotores de las obras conocieran la irregularidad de sus edificaciones".


Dado el caso, esta sentencia ya firme condena a la exalcaldesa por un delito continuado de prevaricación, a una multa de 3.000 euros y cinco años de inhabilitación especial para ejercer como concejal, primer edil o cualquier cargo o empleo público relacionado con la concesión de licencias urbanísticas, concurriendo la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas, dado el "grave retraso" en la tramitación el caso.

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