El condenado a 39 años por la violación mortal del parque de María Luisa recurre al Supremo

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Anuncia ante el TSJA su decisión de recurrir en casación el fallo condenatorio, recientemente confirmado por el propio Alto tribunal.


Francisco Morillo Suárez, condenado a 39 años por violar y asesinar en febrero de 2016 a una joven en el parque de María Luisa de Sevilla capital, ha anunciado al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) su decisión de recurrir ante el Tribunal Supremo su sentencia condenatoria, recientemente confirmada por cierto por el Alto tribunal andaluz.


A través de un escrito elevado al TSJA el pasado 21 de diciembre y recogido por Europa Press, la defensa de Francisco Morillo Suárez da cuenta de la sentencia del propio Alto tribunal andaluz que, recientemente, desestimaba todos los recursos presentados contra la condena inicial de la Audiencia Provincial de Sevilla.


En concreto, frente a la condena de 39 años por delitos de asesinato y agresión sexual dictada por la Audiencia Provincial contra este hombre, el Ministerio Público y la acusación particular habían solicitado la imposición de la pena de prisión permanente revisable y la defensa reclamaba que se le condenara a un máximo de cuatro años de prisión por un delito de homicidio imprudente y a un máximo de seis por el delito de agresión sexual. No obstante, y como se ha señalado, el TSJA rechazaba recientemente todos estos recursos, confirmando la condena de 39 años de cárcel a Francisco Morillo Suárez.


Tras la decisión del TSJA, la defensa del condenado ha anunciado ante dicha instancia judicial la decisión de recurrir en casación ante el Tribunal Supremo, alegando cuatro supuestas infracciones por la no aplicación de diversos aspectos del Código Penal, así como motivos relacionados con el derecho a la tutela judicial efectiva y el derecho a la presunción de inocencia.


Así, la defensa del condenado solicita que se tenga "por preparado en tiempo y forma" el citado recurso de casación ante el Tribunal Supremo y que sea designado "un procurador de oficio" dada la "insolvencia" del encartado.


CONDENADO A 39 AÑOS DE PRISIÓN

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla condenó al acusado a 24 años de prisión por un delito de asesinato y a 15 años de cárcel por un delito de agresión sexual, así como al pago de una indemnización de 100.000 euros a los padres de la joven víctima y de 25.000 euros a su hermana en concepto de daño moral "por la humillación sufrida y falta de respeto".


Frente a dicha condena inicial, la Fiscalía y la acusación particular recurrieron al TSJA, en demanda de la imposición de la pena de prisión permanente revisable, mientras la defensa del condenado también recurrió, pero reclamando que se le condenara a un máximo de cuatro años de prisión por un delito de homicidio imprudente y a un máximo de seis por el delito de agresión sexual.


No obstante, el Alto tribunal andaluz rechazaba recientemente todos los recursos, confirmando íntegramente la sentencia original de la Audiencia Provincial. En su sentencia, entre otros aspectos, el TSJA aseveraba que "la conducta que causa la muerte" de la joven "comienza ya con el acto mismo de la agresión sexual y consiste principalmente en la brutalidad de dicha agresión, sin perjuicio de que a continuación se añada una conducta de abandono o indiferencia hacia la vida de la muchacha, lo que da soporte a la apreciación (no discutida por la defensa) de un concurso real entre un delito contra la libertad sexual con dolo directo y un asesinato con dolo eventual".

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